SNTSA 37 RSE

 “Desafíos en la Transparencia Sindical en México”
Timoteo Medina Rodríguez.
Maestro en Derecho y Políticas Públicas Ambientales
9 mayo 2023

Los desafíos que la transformación organizacional presenta para la rendición de cuentas y transparencia son enormes. ¿Los Sindicatos desempeñan un papel fundamental dentro de las instituciones públicas y privadas, su gestión, transparencia y rendición de cuentas es una realidad a mejorar?

Las argumentaciones a favor de considerar la transparencia y rendición de cuentas de los sindicatos como un asunto de interés público, algunos conceptos del derecho a la información, transparencia y rendición de cuentas y el fortalecimiento de la autonomía sindical y,  la normalización de los sistemas de gestión en la Administración pública  y en la organización sindical, en certificaciones Internacionales  de normalización, a través de, International Organization for Standardization (ISO);   gestión de calidad, ambiental y anticorrupción son las razones de su implementación en las organizaciones sindicales de las cuales hay muy poca información en México y en el Mundo, motivo de la realización retrospectiva en esta investigación, para analizar y fortalecer al sindicalismo en el mundo, en la administración sindical y satisfacer las necesidades laborales de su gremio y de sus partes interesadas con transparencia y rendición de cuentas. Por otro lado, fortalecer y realizar los ajustes necesarios para disminuir la corrupción a nivel mundial, en este tenor, la Organización de Naciones Unidas (ONU) en la que forma parte México, alcanzar los 17 objetivos del desarrollo sostenible, en particular, en el objetivo 16 “paz, justicia e instituciones sólidas, sin embargo,  en el mejora en la normatividad en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Poderes de la Unión, los partidos políticos, la iniciativa privada, y fortalecer al sindicalismo en México con más transparencia y rendición de cuentas. Aplicar las herramientas de la administración pública y privada con el reconocimiento internacional de ISO en las organizaciones sindicales, en este contexto, nos referimos al Sindicato de Salud de los trabajadores de la Secretaria de Salud del Estado de Guanajuato SNTSA37.

Palabras clave: Sindicatos, Transparencia, Rendición de cuentas, Gestión de calidad, Organización Internacional de Estandarización (ISO).

.Marco conceptual.

La corrupción se convierte así en un problema social más grave y agobiante de las nuevas y viejas democracias, y el fracaso para combatirla no expresaría sino la palmaria incapacidad de los gobiernos y los actores del poder para transformar de fondo las relaciones que ellos han establecido con sus representados.

La consecuencia directa más inmediata de la situación ha sido la generación de un desafortunado sentimiento de desaliento democrático. (1, 2)Para un interesante análisis de la democracia en México véase el informe anual Latino barómetro de 2013 (3), que revela que más de tres cuartas partes de la población mexicana se encuentra “insatisfecha” con la democracia, la cual constituye la más alta tasa desaprobatoria en toda América Latina, el 37% de los encuestados les es “indiferente” vivir bajo un régimen democrático o un régimen no democrático. (2, 4)

El índice de Percepción de la corrupción en transparencia Internacional otorgó a México el lugar 103 de 175 países con una puntuación de 35 sobre 100 en el 2014 y, la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), en cuyo instrumento de medición de la corrupción México ocupa el último lugar entre los países miembros.

En el tema de corrupción no es la falta de competencia en el sistema sino la falta de regulación, lo que permite el surgimiento del abuso del poder. La razón por la cual los monopolios dañan la rendición de cuentas no es falta de competencia sino falta de fiscalización y regulación.

La discrecionalidad burocrática no es una causa sino una consecuencia de la corrupción y sólo se hace evidente una vez que la corrupción se ha consumado.

La corrupción estructural la define como una forma específica de dominación social sustentada en una diferencia del poder estructural en la que predominan el abuso, la impunidad y la apropiación indebida de los recursos necesarios para el bienestar social y el desarrollo de los derechos fundamentales. Es la corrupción estructural del abuso del poder más impunidad menos participación ciudadana, con su red de complicidades y colusiones, la que hoy desvirtúa integralmente al Estado, el mercado y la sociedad. La corrupción estructural señalada por Sandoval subraya estos tres elementos de la gobernanza disfuncional:

  1. La dominación social sustentada en una diferencia del poder estructural en la que predominan el abuso del poder, sin distinción de si proviene del ámbito público o privado.
  2. La impunidad de las más altas esferas del poder, particularmente la que corresponde al sector privado cuando los actores no estatales se hacen cargo de áreas o funciones asignadas al sector público.
  3. La exclusión social a la expropiación de la voz ciudadana que genera un profundo distanciamiento entre la sociedad y sus representantes. (2)

Sindicatos.

Las encuestas oficiales más recientes sobre confianza en las instituciones muestran que los sindicatos se encuentran en la parte más baja de la escala del reconocimiento público, apenas por encima de los diputados, los senadores, los partidos políticos y la policía. (11)

En sociedades con economías más avanzadas los sindicatos juegan un papel realmente eficaz para contrarrestar la tendencia hacia la inequidad en la distribución del ingreso, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 71 países de muy diverso grado del desarrollo económico ha demostrado, más allá de toda duda, que la capacidad de negociación de los empleados es importancia para la justicia en el país. La mayor tasa de sindicalización contribuye a mejorar la equidad en la distribución de la riqueza por la actividad económica.(10)

Por eso resulta importante examinar las ventajas que pueden presentar al sindicalismo auténtico incorporar a su práctica cotidiana y la rendición de cuentas.

Se trata de fórmulas legales y procedimientos que se han desarrollado en años recientes en todo el mundo para fortalecer la democracia y la vigilancia ciudadana en las instituciones públicas, a un sindicalismo renovado. Un sindicalismo que, basado en las prácticas democráticas, entre ellas las de transparencia, sea capaz de recuperar legitimidad en la sociedad y hacer escuchar la expresión genuina y representativa de los intereses de los trabajadores asalariados y en el debate de los problemas nacionales.

TRES CONCEPTOS BASICOS.

El derecho a la información.

Se empezó a reconocer en la Constitución a partir de 1977, ordena que las leyes y las instituciones públicas garanticen a cualquier hombre o mujer la posibilidad de obtener y divulgar todo tipo de información con libertad.

El derecho a la información menciona el López, S. en su trabajo publicado en 2009 es la garantía que tienen las personas de conocer de manera activa- es decir investigando- o pasiva-recibiendo- las ideas, opiniones, hechos o datos que se producen en la sociedad y que les permiten formarse su opinión dentro de la pluralidad, diversidad y tolerancia que supone una sociedad democrática.(18)

Hay varios aspectos a analizar; el primero el derecho a obtener la información, el segundo el derecho a expresarse con libertad y, el tercero el de recibir información completa, veraz y oportuna.

En la actualidad existen leyes de transparencia en todos los estados de la República se han creado organismos, los institutos de transparencia, responsables de hacer efectivo el derecho de acceso a la información que poseen todas las instituciones públicas. Po otro lado, es una causa política. El derecho a la información tiene un efecto de crear un muro frente a quienes ejerciendo cargos de poder y responsabilidad colectiva pretenden coartar arbitraria o ilegítimamente la libertad de otros. Es decir, una herramienta para la democratización del poder. No basta con que las leyes establezcan obligaciones, se necesita también que los dirigentes sindicales o los administradores renuncien a la cultura del secreto y pongan a disposición del público, de manera comprensible, la información sin necesidad de que sea requerida.

El aprecio de la sociedad es ambiguo, y depende mucha de quién y cómo se pregunte, los mexicanos con educación universitaria casi el 60% considera que los sindicatos son benéficos para los asalariados.(8)

Transparencia.

A diferencia del derecho a la información que, como hemos visto, es un atributo legal de las personas-podemos decir, que la transparencia es una propiedad de las cosas. Cuando nos referimos a ella en la organización, como los sindicatos en nuestro tema, aludimos a una característica que indica el grado en que es posible que su actividad y la de las personas con responsabilidad directiva y de decisión en ellos puede ser observado y juzgado por el público. Guerrero E, menciona que “La transparencia es un atributo o cualidad que permite tener más información clara y precisa sobre algo o alguien, lo que aumenta nuestras capacidades de comprensión, vigilancia y comunicación”.(19)

La transparencia en las instituciones es un atributo contrario a la opacidad y el secreto como menciona Max Weber sociólogo; la cultura del secreto es una de las características de las burocracias autoritarias. Para que una organización o institución se considere transparente es necesario que cuente con mecanismos o formas de operar que permitan a la gente obtener información que requiere sobre ellas, sin obstáculos injustificados.

 La necesidad de transparencia y rendición de cuentas de las organizaciones sindicales, como una obligación legal tanto por autoridades laborales, como para los propios sindicatos. En 2014 se reformó el artículo 6o constitucional, que garantiza el derecho de acceso a la información y fija las bases para el ejercicio del mismo, ampliando el número de sujetos obligados entre los cuales se incluyan ahora, expresadamente, a los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos.

La transparencia considerada como un valor central de la de democracia, así el acceso a la información pública contribuye a la rendición de cuentas.(2)

Tipos de transparencia sindical referidos por Carlos Reynoso en tres tipos:

  1. Transparencia administrativa.
  2. Transparencia gremial.
  3. Transparencia sindical en el sentido social.
  1. Transparencia administrativa. Entendiendo por ésta, aquella que se da desde la autoridad laboral hacia los agremiados y la sociedad en general, que consiste en publicar información referente a los registros sindicales y los contratos colectivos de trabajo (estatutos y reglamentos internos) Esto tiene su origen en los requisitos que la Ley Federal del Trabajo impone a los sindicatos para constituirse o bien para registrarse, y con ello dar vida jurídica al mismo.

La ley Federal del Trabajo al Servicio del Estado, reglamentada en el apartado B del artículo 123 constitucional, establece como función del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje la de registrar a los sindicatos y el ser depositados de las condiciones generales de trabajo.

Sin embargo, en ningún parte de esta legislación se prevé la publicación de la información.

La Ley general de transparencia el 5 de mayo 2016, también sujeto obligado el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, y por ministerio de ley deberá ajustarse y dar a conocer los datos y documentos señalados.

El artículo 365 bis de la Ley Federal del Trabajo, que regula la publicidad de los registros sindicales y de sus estatutos, no vulnera la protección de datos sindicatos, sino por el contrario la publicidad de la información que contienen a los trabajadores y a la sociedad en general conocer y comprobar la autenticidad e integración real de los sindicatos registrados ante la autoridad.

  • Transparencia gremial.

La transparencia interna que exclusivamente atañe a los agremiados del sindicato, pues va íntimamente relacionado con la gestión que la directiva realiza del patrimonio sindical (entendido en el más amplio sentido, no sólo los recursos económicos sino también).

Se incorporan elementos que abren el camino para una verdadera rendición de cuentas de los sindicatos para sus agremiados. El reformulado artículo impone la obligación de las directivas sindicales de rendir cuentas y, de hacer del conocimiento de los agremiados y plasmarse en los estatutos.

En los recursos de revisión que sustancia el INAI destacan el RDA 1530/16, incoado en contra de Telecomunicaciones de México, por entregar información incompleta al solicitante respecto de las cuotas sindicales por un periodo de tres años: violando claramente de derecho de privacidad del sindicato, al exhibir información patrimonial de aquél sin su consentimiento, por lo que se ordenó clasificar dicha información.

Transparencia sindical en el sentido gremial.

Incorporada hasta la refirma constitucional de 2014, y que representa a aquella que está en el por del sindicato: es información púbica que debe, por lo tanto, transparentarse frente al público en general que lo solicite.

En el caso típico se enfoca en los en los recursos públicos que se le otorga a los sindicatos, su ejercicio y destino.

Los sindicatos gubernamentales y organismos descentralizados, empresas  paraestatales y órganos autónomos reciben recursos públicos del Estado, por otro lado, es menos frecuente que organizaciones patronales reciban recursos públicos, sin embrago en el caso de la Confederación patronal de la república, recibe recursos públicos, y por lo tanto está  obligada a transparentar la gestión de dichos recursos.

La obligaciones de transparencia de estos sindicatos se encuentra contenidas en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia que, como obligaciones específicas, revé la publicidad de:

  • Contrato  y convenio entre sindicatos y autoridades;
  • El directorio del Comité ejecutivo.
  • El padrón de socios.
  • La Realización detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes y donativos que reciban y el informe detallado del ejercicio y destino final de los recursos públicos que ejerzan.(20)

La rendición de cuentas

Abarca el conjunto de obligaciones y prácticas que permite que quienes ocupan posiciones de poder y toman decisiones por designación de terceros, expongan sus actos, los justifique antes quienes los nombraron y queden expuestos a sanciones en caso de incumplimiento. Como lo dice Eduardo Guerrero: “… con la rendición de cuentas nos aseguramos que las autoridades se responsabilicen ante alguien de sus actos”. (19)

Los instrumentos de la rendición de cuentas son la forma de asegurar que quienes han recibido un mandato muestren que lo cumplen razonablemente y obtengan reconocimiento por ello y, a la inversa, que quienes lo eluden o lo traicionan, sean sancionados. La rendición de cuentas es uno de los temas que la actualidad causa más insatisfacción con la democracia mexicana.

La autonomía de las organizaciones sociales no es nunca absoluta, puede encontrar sus límites en la propia naturaleza de sus funciones y en la forma que afectan a la propia sociedad, los miembros de los partidos quienes fijan autónomamente sus reglas de gobierno y su funcionamiento interno, las leyes establecen ciertos requisitos que obligatoriamente deben contener sus estatutos y además sus dirigentes no pueden substraerse a la intervención de las autoridades cuando se violan los derechos de sus propios integrantes (21)

En nuestro país, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismos de los tres poderes del Estado, órganos autónomos, partidos políticos, sindicatos, persona moral o física que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la federación, los estados y los municipios.

Bibliografía

1.       J A. El mito de la transición democrática. Revista Mexicana de Sociología. 2016;78:317-28.

2.       IE S-B. Corrupción y desafíos organizacionales en un mundo de asociaciones público privadas. Gest polit publica. 2016;25:365-413.

3.       Latinobarómetro C. Informe 2013 2013 [Available from: https://www.latinobarometro.org/documentos/LATBD_INFORME_LB_2013.pdf.

4.       House F. Freedom in the World 2014 [Available from: https://freedomhouse.org/sites/default/files/2020-02/Freedom_in_the_World_2014_Booklet.pdf.

5.       Historia C. Los sindicatos 2023 [Available from: http://www.claseshistoria.com/movimientossociales/org-sindicatos.htm.

6.       México Gd. Promulgación de los Sentimientos de la Nación. 2021.

7.       Cortes G AO. Etapas de la historia del movimiento sindical de México, Cuadernos de Trabajadores numero 1. 1991.

8.       Gimenez-Cacho. La transparencia sindical, otra larga marcha 2013 [Available from: https://library.fes.de/pdf-files/bueros/mexiko/10312.pdf.

9.       R Z. Origen y Desarrollo del Sindicalismo. 1988.

10.     N B-L. Organización y funcionamiento de los sindicatos. Porrua. 1983:154.

11.     A A-A. Sindicatos y Transplarencia en la Ciudad de México. Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. 2010;5:1-75.

12.     Camara de Diputados GdM. Nuestro Siglo El congreso constituyente y la Constitución de 1917 2023 [Available from: https://www.diputados.gob.mx/museo/s_nues3.htm.

13.     R P. El Maximato: El partido del Hombre Fuerte 1929-1934. Estudios de Historia Moderna y Contemporanea de México. 2023.

14.     E Q. Las cuatro crisis de fin de sexenio 2018 [Available from: https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/enrique-quintana/las-cuatro-crisis-de-fin-de-sexenio/.

15.     Bensusan G MK. Sindicatos y política en México: Cambios, continuidades y contradicciones. FLACSO-Mexico, editor2013.

16.     Trabajo OId. Preguntas y respuestas sobre las empresas y libertad sindical y de asociación 2023 [Available from: https://www.ilo.org/empent/areas/business-helpdesk/faqs/WCMS_152375/lang–es/index.htm.

17.     Exterior SdIsC. Arbitraje y otros procedimientos alternativos de Solución de Controversias Comerciales 2023 [Available from: http://www.sice.oas.org/dispute/comarb/mexico/codcos.asp.

18.     S L-A. El acceso a la información como un derecho fundamental: La reforma al artículo 6º de la Constitución Mexicana 2009 [Available from: http://www.itei.org.mx/v3/micrositios/diplomado/2017/puerto_vallarta/anexos/presentaciones/el_acceso_a_la_informacion.pdf.

19.     E G-G. Para Entender:La Transparencia. Ediciones N, editor2008.

20.     J A-V. Conceptos y legislación de transparencia sindical y protección de datos personales de los trabajadores en México. Rev Latinoam Derecho Soc. 2017;24.

21.     J P. Transparencia y Partidos Políticos 2005 [Available from: http://www.resi.org.mx/icainew_f/images/Biblioteca/Cuaderno%20transparencia/cuadernillo8.pdf.

22.     37 SNdTdlSdSS. Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud Sección 37 2023 [Available from: https://www.sntsa37.org/.