Impulsando el Proceso de Certificación del Modelo de Seguridad al Paciente

PRIMERA ACCIÓN ESENCIAL PARA LA SEGURIDAD DEL PACIENTE AESP 1. IDENTIFICACIÓN CORRECTA DEL PACIENTE
Por: MC&MSP ROSALÍ REYES GUTIÉRREZ. Coordinadora de Vinculación para la 
Certificación de Establecimientos de Atención Médica, SNTSA37.
09 / abr / 2021

En un entorno dónde se busca una práctica segura tanto para el paciente como para el profesional responsable de su cuidado, es indispensable la correcta identificación de los pacientes como medida que favorezca la disminución de la
probabilidad de errores médicos durante el proceso de atención a la salud.

La adopción del sistema de identificación estandarizado en los establecimientos de salud, evita exponer a los pacientes a riesgos innecesarios o procedimientos no programados que tienen consecuencias para el paciente, que van desde un incidente menor hasta aquellos con secuelas permanentes o incluso la muerte.

Es muy frecuente que la identificación de los pacientes se realice sólo por el número de cama, diagnóstico, características físicas o psicológicas o nombre, sin embargo, estos identificadores aislados pueden ser insuficientes y no asegurar que sean correctos o exista duplicidad.
El objetivo de esta acción es mejorar la precisión de la identificación de pacientes unificando este proceso en los establecimientos de Sector Salud, utilizando al menos 2 datos NO MODIFICABLES para identificar al paciente (ejemplo: nombre completo y fecha de nacimiento) que permitan prevenir errores que involucran al paciente equivocado.
Lo anterior se deriva debido a que una de las principales causas de error está relacionada con actividades de atención pero al paciente incorrecto, es decir que no identificamos correctamente previo a la atención al paciente y por ese motivo cometemos errores. Debemos considerar que en algunas ocasiones los pacientes pueden estar sedados, desorientados o no totalmente alertas, pueden ser cambiados de área física dentro del establecimiento (cambio de cama, de sillón, de servicio, entre otros) o pudo haber cambiado de diagnóstico o de especialidad o disciplina que le brinda la atención; además los pacientes pueden padecer discapacidades sensoriales o estar en condiciones que puedan inducir a errores en cuanto a la identificación correcta.

Los datos para identificar al paciente, los cuales denominaremos como identificadores, deben de ser datos permanentes, es decir que no se puedan modificar aún cuando el paciente sea cambiado de área o diagnóstico, por eso no podemos utilizar como identificadores la ubicación o servicio, el padecimiento, la especialidad o disciplina que lo atiende, el nombre del médico tratante, el número de cama o habitación, la edad ya que todos estos pueden cambiar durante el proceso de atención lo que aumenta la posibilidad de error que involucra el paciente equivocado.
El diseño del proceso de identificación del paciente debe de considerar todas las posibles variantes en la identificación precisa; por ejemplo, cómo identificar a un paciente desconocido, cómo identificar a pacientes con alteraciones del estado de conciencia, cómo identificar a recién nacidos y productos de embarazos múltiples.
Estos identificadores se pueden encontrar en los diferentes medios de identificación; por ejemplo: membretes, brazaletes, tarjetas, gafetes, entre otros acorde a los recursos y contexto del establecimiento, independientemente de cual se medio se utilice, éste deberá ser portado por el paciente en todo momento durante el proceso de atención.
Cabe señalar que habrá situaciones en las cuales los datos de identificación sólo se corroboren de manera verbal; por ejemplo: en la aplicación de una vacuna o cuando se realiza una curación de manera ambulatoria.
Entonces ¿Qué debemos hacer para implementar la acción esencial de identificación del paciente correctamente? veámoslo detalladamente:

  1. De la identificación general del paciente:
    a. El personal de salud debe identificar al paciente desde el momento en que éste solicita la atención, con al menos dos identificadores, que sean el nombre completo del paciente y su fecha de nacimiento (día, mes y año); en su caso adicionalmente podrían agregarse otros determinados en la normativa del establecimiento.
    b. Todos los documentos que se generan durante el proceso de atención, incluyendo expediente clínico, recetas médicas, solicitudes y resultados de estudios de gabinete y laboratorio, solicitud de interconsulta, referencia-contrarreferencia, etcétera, deben contener estos dos identificadores, nombre completo del paciente y fecha de nacimiento.
    c. No se deben incluir en datos para identificar al paciente el número de cama, número de habitación o servicio en el que se encuentra, horario de atención, ni diagnóstico.
  1. De la estandarización: medios de identificación.
    a. Tarjeta de cabecera o pie de cama:
    i. Colocar en la cabecera de la cama de pacientes hospitalizados, así como en los lugares donde se administran tratamientos como hemodiálisis, quimioterapia, radioterapia y cirugía de corta estancia.
    ii. Debe contener al menos el nombre y la fecha de nacimiento completos.
    iii. Los datos de identificación (nombre completo y fecha de nacimiento) tendrán un tamaño en una proporción 2:1 respecto al resto de la información y se registrarán con un color contrastante con el del medio para facilitar la identificación de manera visual.
    iv. Además de los datos de identificación ya mencionados se recomienda anotar grupo sanguíneo y factor RH, alergias, edad. la escala de valoración de riesgo de caídas riesgo de transmisión se sugiere que se incluyen un formato dinámico, dado que ambas variables pueden cambiar durante la atención del paciente.
    b. Brazalete o pulsera:

i. Colocarse los pacientes hospitalizados aquí como aquellos que acudan para tratamiento en unidades de hemodiálisis quimioterapia radioterapia y cirugía de corta estancia.
ii. Colocarse en la extrema superior derecha, cuando esto no sea posible se colocará en el extremo superior izquierda o en cualquiera de los tobillos.
iii. Si por condiciones del paciente no es posible colocarlo en alguna extremidad, se colocará junto a la tarjeta de cabecera.
iv. Debe contener los identificadores utilizados en la organización (nombre completo y fecha de nacimiento).
v. El personal que registre los identificadores debe confirmarlos con el paciente o con algún familiar; en caso de que el paciente no esté en condiciones de responder, debe verificar los datos con el expediente clínico.vi. En la hoja de valoración de enfermería se debe registrar la colocación del mismo, así como los datos de quien realizó la verificación de los identificadores.
vii. Se debe informar al paciente y a su familiar sobre la importancia de portarlo y de no retirarlo durante su estancia en el establecimiento.
viii. Cuando exista cualquier duda respecto a la información contenida y legibilidad de la misma se debe reemplazar realizando el registro correspondiente en la hoja de enfermería.
ix. En situaciones en que la vida del paciente se pueda ver afectada, tienen prioridad los cuidados antes de la identificación del paciente. En cuanto sea posible, el personal de enfermería es el encargado de colocarlo.
x. La organización de salud debe de tener establecido el procedimiento de identificación para pacientes que ingresan como desconocidos y que por su estado de conciencia no puedan proporcionar sus datos, recomendando que se incluyan los siguientes datos como identificadores: género del paciente, edad aparente, si tiene alguna señal particular, fecha y hora de ingreso y algún dato sobre la forma en que ingresó (Ministerio Público, patrulla, Averiguación previa, etc.)
xi. En todos los casos se debe de retirar y desechar cuando se dé el egreso hospitalario.
xii. En los recién nacidos debe colocarse inmediatamente después del parto. Se colocará de manera individual en la muñeca derecha y otro en el tobillo izquierdo, con los datos de la madre (datos de identificación de la madre y la fecha de nacimiento y sexo del recién nacido), esta información debe confirmarse con la madre y/o con un familiar y en el expediente clínico.
xiii. En caso de recién nacidos que ingresen desde su domicilio al establecimiento, se procederá de acuerdo a la indicado en el párrafo anterior.

  1. De la identificación del paciente previa a la realización de procedimientos: en momentos críticos, son en los que se ha identificado mayor número de evento centinela en la atención médica.

a. La administración de todo tipo de medicamentos
b. La administración de tijeras intravenosas con quién profiláctico diagnóstico o terapéutico.
c. La transfusión de sangre y hemocomponentes

d. El inicio de la sesión de hemodiálisis
e. La extracción de sangre y otras muestras para análisis clínicos
f. La realización de estudios de gabinete
g. Los traslados dentro y fuera de la organización
h. La dotación de dietas
i. La terapia de reemplazo renal con hemodiálisis
j. Aplicación de vacunas
k. La realización de cualquier otro tratamiento o procedimiento invasivo o de alto riesgo: procedimientos quirúrgicos, toma de biopsias, procedimientos odontológicos, colocación/retiro de dispositivos (sondas pleurales, urinarias, catéteres, dispositivos intrauterinos, catéteres para hemodiálisis, entre otros), terapia electroconvulsiva, colocación de accesos vasculares.
l. El manejo de cadáveres
IMPORTANTE:
➢ En caso de que el paciente está inconsciente o con cualquier tipo de discapacidad que impida la comunicación los datos deben validarse con su acompañante antes de realizar cualquier procedimiento al paciente.
➢ En caso de que para la realización de algún procedimiento preventivo diagnóstico o terapéutico sea necesario el retiro del identificador se debe colocar de manera inmediata cuando esté concluya.

  1. De la identificación del paciente en soluciones intravenosas y dispositivos:
    a. El personal de salud debe registrar en los membretes de las soluciones intravenosas los datos de identificación del paciente (nombre completo y fecha de nacimiento), además del nombre de la solución y/o componentes, frecuencia de administración, fecha y hora de inicio y término, y nombre completo de quién instaló y, en su caso, de quién lo retira.
    b. En las sondas y catéteres de los pacientes., el personal de salud debe colocar un membrete con los datos de identificación (nombre completo y fecha de nacimiento), fecha y hora de instalación y nombre completo de quién instaló.
  2. De la identificación en estudios de imagenología, laboratorio clínico y patología:
    a. Las solicitudes deben contar con los datos de identificación del paciente (nombre completo y fecha de nacimiento), además de la fecha y hora del estudio, identificación del solicitante, estudio solicitado y diagnóstico probable.
    b. Las placas radiográficas deben contener del lado derecho los datos de identificación del paciente (nombre completo y fecha de nacimiento) fecha y hora del estudio, identificación del establecimiento y clave o iniciales del profesional que la realiza. El personal que realiza el estudio debe especificar en los resultados del mismo la existencia de incidentes y accidentes durante el proceso, en caso de que hayan existido.
    c. El personal de laboratorio y patología debe verificar que los datos de la etiqueta del recipiente de la muestra biológica coinciden con los datos de las solicitudes. En caso de no coincidir, se debe comunicar de inmediato al médico tratante y esperar indicaciones del mismo.
    Para el Modelo de Seguridad del Paciente del Consejo de Salubridad General, es importante que el establecimiento diseñe el proceso de identificación del paciente y se aseguré que las acciones básicas se realizan de manera correcta, (utilizar el nombre completo del paciente y la fecha de nacimiento) y en el momento oportuno (previo los momentos críticos) por personal con las competencias necesarias para disminuir la probabilidad de ocurrencia de un evento adverso o centinela relacionado con el paciente equivocado.

Referencia
• Las Acciones Esenciales para la Seguridad del Paciente dentro del Modelo de Seguridad del Paciente del Consejo de Salubridad General. Edición 2017.
• ACUERDO por el que se declara la obligatoriedad de la implementación para todos los integrantes del Sistema nacional de salud del documento denominado acciones esenciales para la seguridad del paciente. DOF: 08/09/2017
• Estándares para implementar el Modelo en Hospitales. Edición 2018. SiNaCEAM.