Lex Médica

Título del artículo:
"Acoso Laboral (PARTE 4)"

POR: DR. ALONSO GUIDO

ACOSO LABORAL (PARTE 4)

Hemos analizado las consecuencias del acoso laboral cuando este es realizado por los compañeros de trabajo y las consecuencias laborales y de otro tipo que pueden sufrir los acosadores, pero,

¿Qué pasa si mi jefe es el que realiza el hostigamiento o lo permite?

La Ley señala que queda prohibido a los patrones realizar actos de hostigamiento contra cualquier persona en el trabajo. Y permitir o tolerar actos de hostigamiento y/o acoso sexual en el centro de trabajo. Como lo comentamos anteriormente será acreedor a una multa.  

Por último, recuerda que en caso de ser víctima de acoso laboral, debes presentar una notificación de rescisión de contrato sin responsabilidad para ti por no cumplir tu contrato. Quedando obligado tu patrón a indemnizarte de acuerdo a la Ley y al salario que percibías en tu contrato laboral. Además de las multas y procesos legales adicionales que se hayan generado por estos hechos.

ACOSO LABORAL. ¿LA LEY ME PROTEGE?

Si eres víctima de acoso laboral en México o conoces a alguien que esté sufriendo esta situación, debes saber que existen varias Instituciones del Gobierno y leyes que protegen en los diferentes casos.

Secretaría de Trabajo y Previsión Social: STPS

Esta Secretaría emitió un Protocolo de actuación frente a casos de violencia laboral, hostigamiento y acoso sexual, dirigido a las empresas de la República Mexicana. 

Este protocolo es un instrumento de prevención y actuación en casos de violencia laboral, hostigamiento y acoso sexual, que apoya a las empresas para fomentar entornos organizacionales favorables y libres de violencia. 

Si estás sufriendo acoso laboral puedes acudir a denunciar los hechos ante la STPS. La Secretaría está obligada a realizar una inspección, pero si el patrón se niega, la Ley Federal del Trabajo indica que tendrá que pagar multas por hasta 5,000 salarios mínimos. Además, de acuerdo a esta Ley, si algún patrón admite o comete cualquier conducta discriminatoria se hará acreedor a una multa de entre 250 y 5,000 salarios mínimos. 

Consejo Nacional para Prevenir La Discriminación: CONAPRED

De acuerdo con lo establecido por el artículo 43 de la  Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, el CONAPRED es competente para conocer de actos, omisiones  o prácticas sociales discriminatorias, atribuidas  a personas particulares (físicas y/o morales) o a personas servidoras públicas federales o de los poderes públicos  federales. 

El CONAPRED cuenta con sistemas de prevención, como la Norma Mexicana de Igualdad Laboral que reconoce a los centros de trabajo que cuenten con prácticas de no discriminación.  Pone a disposición de las personas los medios para defender su derecho a no ser discriminadas.  

Toda persona que considere que ha sido víctima o conoce de un presunto acto, omisión, o práctica social discriminatoria atribuida a personas particulares o personas servidoras públicas de carácter federal, puede acudir a este Consejo Nacional para denunciarlo. 

Puedes presentar una denuncia ante el Consejo de forma personal, a través del correo electrónico quejas@conapred.org.mx. O directamente por medio de la página llenando el formulario de queja.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo: PROFEDET

Si sufres violencia o discriminación laboral acércate a PROFEDET. Ellos te pueden asesorar y en su caso representar de forma gratuita ante las autoridades laborales competentes en situaciones de violencia laboral. Incluyendo: discriminación laboral, acoso laboral, hostigamiento y acoso sexual.

Recuerda antes de acudir a la PROFEDET tratar de reunir los elementos probatorios que presentarás junto a tu denuncia para que previo estudio y análisis del asunto se determine su procedencia. 


Ley Federal del Trabajo

También la Ley Federal del trabajo tiene disposiciones respecto al hostigamiento laboral. Para la ley el hostigamiento es: 

El ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.